Ciencias Sociales, pregunta formulada por PigCornia7684, hace 10 meses

Los procedimientos para atender situaciones tipo l son:
A. El docente conocedor de la falta remitirá al estudiante o estudiantes con las pruebas al coordinador para que él continúe con el debido proceso.
B. diálogo conciliatorio entre docente y estudiante con (acción pedagógica). Diálogo conciliatorio con mediación de los conciliadores, registro en formato diálogo docente estudiante (acción pedagógica), citación al padre de familia con firma de compromisos, nuevamente diálogo docente y luego remisión de conciliación y continua el proceso.
C. El coordinador procederá a diligenciar el formato de orientación escolar y notificará al estudiante y padres de familia la decisión y remitirá al consejo Directivo.
D. El Coordinador de convivencia a los implicados, les informará a los implicados, les informará de situación haciendo conocer las pruebas
y en caso que el padre no se presentare el proceso continuará.


cual de estos son?

Respuestas a la pregunta

Contestado por sia2005leb
0

Respuesta:

a)

Explicación:

Por lo menos en mi colegio ese es el mecanismo, primero se insiste con el profesor, estudiante y padres, si se agravia mucho ya se habla con el coordinador

Me base en mi colegio aun asi espero te sirva :''3

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