Los métodos alternativos de solución de conflictos (MASC) son sistemas de administración de justicia alterna a los cuales el ciudadano común puede acudir libremente para resolver diferencias con otros. El artículo 116 de la Constitución política de Colombia de 1991 dio vía libre a estos sistemas, así : "los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determiné la ley". Esta disposición respondió a
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no me la se
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