los equipos y elementos de protección personal serán cancelados por parte del empleado cuando éste en la ejecución de su laborar les genere daños que impidan continuar utilizándolos.
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La anterior afirmación es verdadera, en virtud de que según el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), los elementos de protección personal serán cancelados (para su sustitución) por parte del empleado, cuando estos, por efecto de la labor resulten desgastados o no sean los adecuados, porque atentan contra el bienestar y seguridad laboral del mismo, incumpliendo su objetivo fundamental.
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