Derecho , pregunta formulada por multifamdon, hace 6 meses

los derechos fundamentales de colombia definidos


multifamdon: Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2
multifamdon: amor

Respuestas a la pregunta

Contestado por amberdanielabonilla
2

Respuesta:

Lista de los derechos fundamentales según la Constitución de 1991

Veamos ahora, cuáles son los 30 Derechos Fundamentales encontrados en la Constitución Política de Colombia de 1991.

Derecho a la vida

ARTICULO 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.

Dignidad humana

ARTICULO 12. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Igualdad ante la ley

ARTICULO  13.  Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

 

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

Personalidad jurídica

ARTICULO  14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Le recomendamos leer: Qué es la personería jurídica en Colombia.

Intimidad personal y familiar y buen nombre

ARTICULO  15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución.

La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley.

Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley.

Libre desarrollo de la personalidad

ARTICULO 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.

Prohibición de la esclavitud

ARTICULO 17. Se prohiben la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas.


multifamdon: gracias
amberdanielabonilla: De nada.Para servirte
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