Derecho , pregunta formulada por jesayanm77, hace 5 meses

Los artículos Constitucionales 4° y 5° protegen el derecho a

Respuestas a la pregunta

Contestado por iordonezs
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Respuesta:

ARTICULO 4°.

En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales. Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.

Artículo 5º.- Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria.

Explicación:

QUE PROTEGEN:

El articulo 4

El varón y la mujer son iguales ante la ley

Articulo 5

la libertad de trabajo

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