los 30 derechos universales
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS
16. Matrimonio y Familia. Toda persona adulta tiene el derecho de casarse y formar una familia si así lo quiere. Hombres y mujeres tienen los mismos derechos, tanto cuando están casados como cuando se separan.
17. El Derecho a tus Propias Posesiones. Todo el mundo tiene derecho a tener sus propias cosas o a compartirlas. Nadie debería tomar nuestras cosas sin una buena razón.
18. Libertad de Pensamiento. Todos tenemos el derecho de creer en lo que queramos creer, de tener una religión o de cambiarla si así lo queremos.
19. Libertad de Expresión. Todos tenemos el derecho de pensar por nosotros mismos, de pensar lo que nos gusta, de decir lo que pensamos y de compartir nuestras ideas con otra gente.
20. El Derecho a Reunirse en Público. Todos tenemos el derecho de reunirnos con nuestros amigos y de trabajar juntos en paz para defender nuestros derechos. Nadie nos puede obligar a unirnos a un grupo al que no queremos unirnos.
21. El Derecho a la Democracia. Todos tenemos derecho a tomar parte en el gobierno de nuestro país. A todo adulto se le debe permitir elegir a sus propios líderes.
22. Seguridad Social. Todos tenemos el derecho a una vivienda decente, a cuidados médicos, educación, guardería infantil, suficiente dinero para vivir y atención médica si estamos enfermos o somos mayores.
23. Los Derechos de los Trabajadores. Todo adulto tiene el derecho de trabajar, cobrar un sueldo justo por su trabajo y a unirse a un sindicato.
24. El Derecho a Jugar. Todos tenemos derecho a descansar del trabajo y a relajarnos.
25. Comida y Alojamiento para Todos. Todos tenemos el derecho a una buena vida. Madres y niños, gente mayor, personas desempleadas o con limitaciones físicas, todos tienen el derecho de recibir cuidados.
26. El Derecho a la Educación. La educación es un derecho. La escuela primaria debería ser gratuita. Deberíamos aprender acerca de las Naciones Unidas y sobre cómo llevarnos bien con los demás. Nuestros padres pueden elegir lo que aprendemos.
27. Derechos de Autor. El derecho de autor es una ley especial para proteger la creación de una persona, ya sea artística o literaria. Nadie puede copiar nuestro trabajo sin permiso. Todos tenemos el derecho a llevar nuestro propio modo de vida y disfrutar de las cosas buenas que el arte, la ciencia y la enseñanza nos brindan.
28. Un Mundo Justo y Libre. Debe haber un orden apropiado para que podamos todos disfrutar de derechos y libertades en nuestro país y por todo el mundo.
29. Responsabilidad. Tenemos un deber hacia los demás, y deberíamos proteger sus derechos y libertades.
30. Nadie Puede Arrebatarte tus Derechos Humanos.
Respuesta:
1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
2. Todas las personas somos iguales sea cual sea nuestro origen, etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición.
3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a su seguridad personal.
4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre
5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica: es decir, ser tenido en cuenta por las leyes nacionales e internacionales.
7. Todos somos iguales ante la ley y tenemos, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
8. Todos tenemos igual derecho a protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
9. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
10. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
11. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
12. Toda persona acusada de delito tiene derecho a la presunción de su inocencia.
13. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.
14. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
15. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
16. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
17. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de etnicidad, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
18. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
19. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
20. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
21. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas
22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
23.
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
25.
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
26. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado.
27. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad.
28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
29. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados.
ESTÁ EN GOOGLE :'D