Lista de los derechos de las mujeres en 2016
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1. Tomar libremente la decisión de contraer matrimonio al tener la edad legal y fundar una familia.
2. Decidir en pareja el número y espaciamiento de sus hijos.
3. Compartir conjuntamente con la pareja las responsabilidades familiares incluidas la crianza y educación de los hijos.
4. Reclamar alimentos para sí y sus menores hijos cuando el padre no cumpla con sus obligaciones familiares, aunque viva en el mismo domicilio.
5. Reclamar la parte que legalmente corresponda en el caso de disolver la sociedad conyugal.
6. Conservar la patria potestad o custodia legal de los hijos cuando legal o judicialmente se le conceda.
7. Solicitar el divorcio necesario cuando existan las causales de ley.
8. Demandar la separación de bienes conyugales y disponer de su parte, aún cuando no demanden el divorcio.
9. Tratar de común acuerdo con la pareja todos los asuntos de índole familiar.
10. Reclamar ante un Juez Civil el reconocimiento de la paternidad cuando el padre de un hijo suyo se niegue a reconocerlo.
11. Pedir que se declare cuál es el patrimonio familiar que no podrá enajenarse ni embargarse, aunque el esposo enajene sus bienes o sea embargado.
EN SU PERSONA.
1. Decidir respecto a su vida sexual.
2. Ser respetadas física, sexual y psicológicamente.
3. Denunciar todo ataque sexual del que sea objeto.
4. Proteger su patrimonio y el de sus hijos.
5. Expresar libremente sus opiniones.
6. Derecho a la intimidad y privacidad.
DERECHOS SOCIALES
1. Derecho a escoger el trabajo que más le convenga.
2. Derecho a igual remuneración que los hombres, por igual trabajo.
3. Ser protegidas durante el embarazo y en el ejercicio de su maternidad.
4. Exigir que no se les niegue el trabajo solicitado, ni se les despida del que tienen, o nieguen o reduzcan su salario por estar embarazadas.
5. Ser atendidas durante el embarazo y el parto con respeto y cuidado.
6. Tener dos descansos de media hora cada uno durante el día, para alimentar a sus hijos lactantes.
7. Gozar de salario íntegro de seis semanas de descanso anteriores y seis posteriores al parto para reponerse y atender al recién nacido.
8. No realizar ningún examen clínico sin su conocimiento o consentimiento, debiendo ser confidencial el resultado.
9. Recibir el pago integral de indemnizaciones, pensiones, etc.
GARANTÍAS JUDICIALES
1. Denunciar todos los ilícitos cometidos en su perjuicio o en el de sus hijos.
2. Demandar ante los tribunales las acciones civiles o familiares que pretendan.
3. Defenderse de toda demanda en su contra y presentar toda clase de pruebas.
4. En el caso de ser inculpada, a tener un abogado o persona de confianza quien la defienda.
5. Solicitar fianza para obtener su libertad en los casos de ley.
6. Si es internada en el CERESO o Comisaría, que se ubique en áreas o celdas propias para Mujeres; si es menor de edad en zonas especiales para menores infractores.
7. Como víctima de delitos a recibir atención legal, médica o psicológica en forma oportuna, por personal capacitado e idóneo; igualmente a ser informada en cuanto a la reparación del daño y cómo reclamar su pago o indemnización.
8. Como visitantes de familiares presos, a ser revisadas con respeto a su pudor y dignidad.
9. Ser tratada respetuosamente por los servidores públicos de manera inmediata, diligente y en forma gratuita.
10. No ser objeto de golpes, vejaciones, tortura e incomunicación cuando sea detenida.
La Mujer en el caso de sufrir cualquier agresión o menoscabo de sus derechos (incluidos los de sus menores hijos), podrá reclamarlos ante las autoridades competentes para exigir de las mismas, protección y justicia, los cuales serán completos y apegados a la ley en plena observancia de los derechos humanos.
La Mujer debe defender sus derechos. Es necesario conocerlos; pero sobre todo saber que significan.
Estos derechos consagrados en la Constitución, leyes y tratados internacionales, hacen que la autoridad se obligue a reconocerlos y preservarlos.
Cuando son vulnerados por servidores públicos estatales o municipales, y se traten de actos u omisiones administrativas que de ellas provengan dando lugar a la violación de los derechos humanos, cualquier persona podrá entonces presentar su queja contra las mismas.Fuente(s):http://www.cndh.org.mx/estatales/tabasco...
2. Decidir en pareja el número y espaciamiento de sus hijos.
3. Compartir conjuntamente con la pareja las responsabilidades familiares incluidas la crianza y educación de los hijos.
4. Reclamar alimentos para sí y sus menores hijos cuando el padre no cumpla con sus obligaciones familiares, aunque viva en el mismo domicilio.
5. Reclamar la parte que legalmente corresponda en el caso de disolver la sociedad conyugal.
6. Conservar la patria potestad o custodia legal de los hijos cuando legal o judicialmente se le conceda.
7. Solicitar el divorcio necesario cuando existan las causales de ley.
8. Demandar la separación de bienes conyugales y disponer de su parte, aún cuando no demanden el divorcio.
9. Tratar de común acuerdo con la pareja todos los asuntos de índole familiar.
10. Reclamar ante un Juez Civil el reconocimiento de la paternidad cuando el padre de un hijo suyo se niegue a reconocerlo.
11. Pedir que se declare cuál es el patrimonio familiar que no podrá enajenarse ni embargarse, aunque el esposo enajene sus bienes o sea embargado.
EN SU PERSONA.
1. Decidir respecto a su vida sexual.
2. Ser respetadas física, sexual y psicológicamente.
3. Denunciar todo ataque sexual del que sea objeto.
4. Proteger su patrimonio y el de sus hijos.
5. Expresar libremente sus opiniones.
6. Derecho a la intimidad y privacidad.
DERECHOS SOCIALES
1. Derecho a escoger el trabajo que más le convenga.
2. Derecho a igual remuneración que los hombres, por igual trabajo.
3. Ser protegidas durante el embarazo y en el ejercicio de su maternidad.
4. Exigir que no se les niegue el trabajo solicitado, ni se les despida del que tienen, o nieguen o reduzcan su salario por estar embarazadas.
5. Ser atendidas durante el embarazo y el parto con respeto y cuidado.
6. Tener dos descansos de media hora cada uno durante el día, para alimentar a sus hijos lactantes.
7. Gozar de salario íntegro de seis semanas de descanso anteriores y seis posteriores al parto para reponerse y atender al recién nacido.
8. No realizar ningún examen clínico sin su conocimiento o consentimiento, debiendo ser confidencial el resultado.
9. Recibir el pago integral de indemnizaciones, pensiones, etc.
GARANTÍAS JUDICIALES
1. Denunciar todos los ilícitos cometidos en su perjuicio o en el de sus hijos.
2. Demandar ante los tribunales las acciones civiles o familiares que pretendan.
3. Defenderse de toda demanda en su contra y presentar toda clase de pruebas.
4. En el caso de ser inculpada, a tener un abogado o persona de confianza quien la defienda.
5. Solicitar fianza para obtener su libertad en los casos de ley.
6. Si es internada en el CERESO o Comisaría, que se ubique en áreas o celdas propias para Mujeres; si es menor de edad en zonas especiales para menores infractores.
7. Como víctima de delitos a recibir atención legal, médica o psicológica en forma oportuna, por personal capacitado e idóneo; igualmente a ser informada en cuanto a la reparación del daño y cómo reclamar su pago o indemnización.
8. Como visitantes de familiares presos, a ser revisadas con respeto a su pudor y dignidad.
9. Ser tratada respetuosamente por los servidores públicos de manera inmediata, diligente y en forma gratuita.
10. No ser objeto de golpes, vejaciones, tortura e incomunicación cuando sea detenida.
La Mujer en el caso de sufrir cualquier agresión o menoscabo de sus derechos (incluidos los de sus menores hijos), podrá reclamarlos ante las autoridades competentes para exigir de las mismas, protección y justicia, los cuales serán completos y apegados a la ley en plena observancia de los derechos humanos.
La Mujer debe defender sus derechos. Es necesario conocerlos; pero sobre todo saber que significan.
Estos derechos consagrados en la Constitución, leyes y tratados internacionales, hacen que la autoridad se obligue a reconocerlos y preservarlos.
Cuando son vulnerados por servidores públicos estatales o municipales, y se traten de actos u omisiones administrativas que de ellas provengan dando lugar a la violación de los derechos humanos, cualquier persona podrá entonces presentar su queja contra las mismas.Fuente(s):http://www.cndh.org.mx/estatales/tabasco...
FLACAEMI:
espero que te sirva
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Respuesta:
- 1920 - EUA, El derecho al voto para las mujeres
- 1932 - Brasil, El derecho al voto para las mujeres
- 1945, se proclama la igualdade de derechos entre hombres y mujeres en la carta de las Naciones Unidas.
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