Lineamientos generales para la integración y funcionamiento de los comités de ética.
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Los Comités de Ética se integrarán con personas servidoras públicas de los distintos niveles jerárquicos, en los que por ningún motivo podrá excluirse al personal sindicalizado, así como por una persona designada por el Órgano Interno de Control o Unidad de Responsabilidades del Ente Público, según corresponda.
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