Derecho , pregunta formulada por jhoselynvelasquezcru, hace 18 horas

leyes peruanas en contra de la discriminación​

Respuestas a la pregunta

Contestado por Andrewggu
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Respuesta:

Capítulo IV DISCRIMINACIÓN

Artículo 323°.- El que discrimina a otra persona o grupo de personas, por su diferencia racial, étnica, religiosa o sexual, será reprimido con prestación de servicios a la comunidad de treinta a sesenta jornadas o limitación de días libres de veinte a sesenta jornadas.

Si el agente es funcionario público la pena será prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas e inhabilitación por tres años, conforme al inciso 2) del Articulo 36°.

Explicación:

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