Castellano, pregunta formulada por richardcancer20, hace 1 año

Ley sobre el cuidado del agua

Respuestas a la pregunta

Contestado por nereidaquintana585
60

Artículo 1°.- El Agua

El agua es un recurso natural, vital, vulnerable, estratégico para el desarrollo sostenible y la

seguridad de la Nación.

Artículo 2°.- Dominio y uso público sobre el agua

El agua es un bien de uso público, patrimonio de la Nación, regulado por la Ley. Su

dominio es inalienable e imprescriptible. No hay propiedad sobre el agua. El uso sólo puede

ser otorgado y ejercido sosteniblemente en armonía con el interés de la Nación, el bien

común, el desarrollo económico y la protección ambiental del país.

Cuando sólo se haga referencia a la “Ley” o al “Reglamento” se entenderá que se trata de la

presente Ley o de su Reglamento, respectivamente.

Artículo 3°.- Objeto de la Ley

La Ley tiene por objeto regular la actuación del Estado y de los particulares en la gestión

integrada, multisectorial y sostenible del agua, así como el de los bienes asociados

definidos en esta Ley.

Artículo 4°.- Ámbito de aplicación de la Ley

La Ley es de aplicación a toda el agua continental y a los bienes asociados a ésta en el

territorio de la República y en lo que corresponda al agua marítima y al agua atmosférica.

Igualmente, es de aplicación al agua que el Perú comparte con naciones limítrofes

conforme a los tratados internacionales celebrados por el Estado y vigentes.


Asesu: Y el anexo
ujumlol: me explican sobre eso del anexo que va en la ley del cuidado del agua ? :v
Arturoelmejor: gracias
xXyoelmemproXx: nice
Contestado por xApRoXxYT
11

Respuesta:

Artículo 1°.- El Agua

El agua es un recurso natural, vital, vulnerable, estratégico para el desarrollo sostenible y la

seguridad de la Nación.

Artículo 2°.- Dominio y uso público sobre el agua

El agua es un bien de uso público, patrimonio de la Nación, regulado por la Ley. Su

dominio es inalienable e imprescriptible. No hay propiedad sobre el agua. El uso sólo puede

ser otorgado y ejercido sosteniblemente en armonía con el interés de la Nación, el bien

común, el desarrollo económico y la protección ambiental del país.

Cuando sólo se haga referencia a la “Ley” o al “Reglamento” se entenderá que se trata de la

presente Ley o de su Reglamento, respectivamente.

Artículo 3°.- Objeto de la Ley

La Ley tiene por objeto regular la actuación del Estado y de los particulares en la gestión

integrada, multisectorial y sostenible del agua, así como el de los bienes asociados

definidos en esta Ley.

Artículo 4°.- Ámbito de aplicación de la Ley

La Ley es de aplicación a toda el agua continental y a los bienes asociados a ésta en el

territorio de la República y en lo que corresponda al agua marítima y al agua atmosférica.

Igualmente, es de aplicación al agua que el Perú comparte con naciones limítrofes

conforme a los tratados internacionales celebrados por el Estado y vigentes.


nazariojosemartin598: copion de
Cris0120: Copionnnnnnnn
TitanCopo: copiaaaaaa
xApRoXxYT: :vv
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