Lee analiza y explica el articulo 63 de la constitución política de El Salvador
Respuestas a la pregunta
Contestado por
1
Respuesta:
El artículo 63 dispone: "Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables"
Otras preguntas