lea el artículo 86 dela Constitución Política de Colombia y luego explica de qué se trata
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Respuesta:
Artículo 86.
Explicación:
Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces en todo momento y lugar mediante un procedimiento preferente y sumario por sí misma o por quién actúe a su nombre la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales cuando quiera quiera que estos resulten
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