Las normas basicas son necesarias para regular la vida social Verdadero o falso
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
verdadero
Explicación:
porque sin normas no hay disciplina sin disciplina no hay necesidad de obedecer si no hay necesidad de obedecer no hay vida social por que si no hay ninguna norma en nosotros no podemos ser sociales
espero te sirva
Respuesta:
diria que si
Explicación:
La Moral supone y requiere libertad en su cumplimiento; pues para que una conducta pueda ser objeto de un juicio moral, es preciso que el sujeto la realice por sí mismo, que responda a una posición de su propio querer. Aquello que yo hago -o mejor dicho, que ocurre en mí- independientemente de mi querer, ni es moral, ni es inmoral; es algo ajeno a toda estimación ética: si mi brazo es movido violentamente por otro más fuerte, lo que ejecute no tiene sentido moral, no es bueno ni malo, está, en suma, fuera del campo de la valoración moral. La Moral no queda cumplida con que sucedan de facto en el mundo los hechos externos a que apunta su contenido, sino que para que quede cumplida es de todo punto necesario que sus normas sean realizadas por el sujeto libremente, libre de toda coacción irresistible, como actos plenariamente suyos. Y, viceversa, la Moral no condena los acontecimientos que parecen, en cuanto al perfil externo, oponerse a sus preceptos, sino en tanto en cuanto el sujeto sea genuino autor de tales actos. El hombre no puede cumplir su supremo destino forzado por la gendarmería; a los valores morales no se puede ir conducido por la policía, porque no se llega; a ellos hay que ir por el propio esfuerzo, libremente, por propia vocación. En cambio, el Derecho puede ser impuesto coercitivamente; el Derecho lleva esencialmente aneja la posibilidad de que su cumplimiento sea impuesto por la fuerza -incluso por la violencia física-; porque el sentido intencional del Derecho consiste en que objetivamente se produzca el comportamiento que establece como necesario para la vida social, como necesario para la estructura de la colectividad y para el funcionamiento de la misma. Unas líneas —82→ abajo insistiré sobre esta dimensión de lo jurídico, pero antes, para que se pueda calibrar plenariamente su sentido, es conveniente añadir otras reflexiones.