LAS FUNCIONES DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Las atribuciones y deberes de la Autoridad Educativa Nacional son las siguientes:
a. Articular de conformidad con la Constitución de la República y la Ley la estructura de la Educación
General con los demás componentes del Sistema Nacional de Educación;
b. Administrar el Sistema Nacional de Educación y asumir la responsabilidad de la educación, con
sujeción a las normas legales vigentes;
c. Formular e implementar las políticas educativas, el currículo nacional obligatorio en todos los
niveles y modalidades y los estándares de calidad de la provisión educativa, de conformidad con los
principios y fines de la presente Ley en armonía con los objetivos del Régimen de Desarrollo y Plan
Nacional de Desarrollo, las definiciones constitucionales del Sistema de Inclusión y Equidad y en
coordinación con las otras instancias definidas en esta Ley;
d. Organizar la provisión de servicios para el desarrollo del talento humano del Sistema Nacional de
Educación;
e. Aprobar con la participación de todos los actores del proceso educativo, democrática, participativa
e inclusiva el Plan Nacional de Educación, los programas y proyectos que deban desarrollarse a
nivel nacional y vigilar su correcta y oportuna ejecución;
f. Desarrollar y estimular la investigación científica, pedagógica, tecnológica y de conocimientos
ancestrales, en coordinación con otros organismos del Estado;
g. Fomentar y estimular la publicación de textos y libros nacionales de valor educativo, cultural,
lingüístico, artístico y científico, libres de contenidos e imágenes sexistas y discriminatorias;
h. Presidir los organismos colegiados y cumplir con las representaciones nacionales e
internacionales que le sean delegadas y que le corresponden de acuerdo con la Ley;
i. Requerir los recursos necesarios para garantizar la provisión del talento humano, recursos
materiales, financieros y tecnológicos necesarios para implementar los planes educativos;
j. Expedir acuerdos y resoluciones para implementar los planes educativos;
k. Preparar la proforma presupuestaria del sector educativo y presentarla al organismo competente;
l. Vigilar la correcta administración del presupuesto y solicitar las reformas necesarias;
m. Autorizar comisiones de servicio fuera del país, de conformidad con las disposiciones legales y
reglamentarias pertinentes;
n. Autorizar la creación o disponer la revocatoria de las autorizaciones para el funcionamiento de
establecimientos educativos, de conformidad con la presente Ley y su reglamento;
o. Ejercer las labores de fiscalización de establecimientos educativos de conformidad a la presente
Ley;
p. Ejercer las facultades sancionadoras de conformidad con la Constitución de la República y la Ley;
q. Fusionar centros de educación pública motivadamente y de acuerdo a la reglamentación que se
expida para el efecto;
r. Suscribir, dentro del marco de sus atribuciones y de conformidad a la Constitución de la República
y la Ley, convenios y contratos relacionados con la educación;
s. Aprobar estatutos de entidades educativas, de investigación pedagógica y de otras relacionadas
con el ramo;
t. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y demás
normativa que rige el Sistema Nacional de Educación;
u. Expedir, de conformidad con la Constitución de la República y la Ley, acuerdos y resoluciones que
regulen y reglamenten el funcionamiento del Sistema Nacional de Educación;
v. Resolver, dentro del ámbito de sus funciones y de conformidad con la Constitución de la República
y la Ley, los asuntos no contemplados en la presente Ley y su reglamento;
w. Presidir el Consejo Nacional de Educación con voto dirimente;
x. Controlar el buen uso de los recursos de operación de establecimientos educativos de
conformidad a la presente Ley y su reglamento;
y. Coordinar con el Sistema de Educación Superior para homologar y acreditar los títulos otorgados
por la Autoridad Educativa Nacional para el ingreso a las carreras de nivel superior;
z. Garantizar la transferencia de recursos de manera oportuna, regular y suficiente a los niveles y
modalidades del Sistema Nacional de Educación;
Explicación: