Administración, pregunta formulada por marcepincheira, hace 3 meses

La trabajadora señora María Pilar Alcántara Estrada, presenta su carta de autodespido a su empleador Carlos Santelices Morales con domicilio en la región metropolitana, con fecha 03 de mayo de 2021, fundamentando y sustentando su acción en consideración a lo estipulado en el artículo 160 N°1 letra f) del Código del trabajo, esto es, conductas de acoso laboral hacia la trabajadora. En tal sentido fundamenta su decisión en una serie de correos electrónicos recibidos, mensajes de texto y de voz vía whatsapp, llamadas telefónicas fuera del horario de trabajo, incluso en horario nocturno, lo que incluye en reiteradas ocasiones maltrato, amenazas, insultos y groserías. En consecuencia el empleador recibe la notificación y se da por enterado de la situación firmando el respectivo documento de finiquito de trabajo en las formas que corresponde. La trabajadora, pasados días más tarde, precisamente el día 07 de mayo de 2021, ante la notoria incomodidad de su salud decide ir a realizarse algunos exámenes, entre los cuales se le aplica un test de embarazo dando como resultado positivo al examen con un tiempo de sesenta días. De acuerdo a lo anterior, y en consideración a que la trabajadora investigó sobre su situación, le recomendaron que desistiera de su autodespido amparada en su evidente estado de embarazo. Para iniciar los respectivos procesos legales siguientes se le pide a usted que investigue sobre: a) El desistimiento de la trabajadora de su autodespido. En tal sentido, si es posible hacerlo y bajo que circunstancias. b) Puede la trabajadora solicitar su reincorporación a la empresa considerando su estado de gravidez? c) El empleador puede aceptar o rechazar la solicitud de incorporación? ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por rubenpatriciojuelabe
0

Respuesta:

no lo perdoname

Otras preguntas