la tenencia de la tierra y sus usos en tiempos históricos: periodo colonial
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la propiedad rural durante la Época Colonial se podía dividir en dos tipos: la propiedad privada, propia de los españoles, y la propiedad comunal, perteneciente a los indígenas. Ya antes de la Conquista, los reyes de España otorgaban a los peninsulares “capitulaciones”, que podían ser de “descubrimiento”, “conquista” o “población”. Se trataba de unos contratos que la Corona firmaba con particulares mediante los cuales se establecía las condiciones de descubrir, conquistar y poblar nuevas tierras en América. Una vez efectuadas estas operaciones, los caudillos se convertían en gobernadores, capitanes generales y justicias mayores de los nuevos territorios ocupados. Consumada la Conquista, la firma de capitulaciones continuó siendo una práctica al menos durante todo el siglo XVI.
Durante los primeros años de la llegada de los españoles a América, el rey otorgaba “mercedes reales” a los peninsulares que habían participado en la ocupación. Se trataba de unos territorios que el monarca concedía sobre todo a los soldados como forma de agradecimiento por los servicios prestados a la Corona en la empresa de la invasión. La práctica de la entrega de mercedes favoreció la aparición del sistema de la “encomienda”, una institución mediante la cual se asignaba a un peninsular un territorio con su respectivo grupo de indígenas para que éstos fueran protegidos y evangelizados a cambio de la entrega de un tributo en especie o trabajo. Las “encomiendas” desaparecerán a finales del siglo XVI permaneciendo sólo en Yucatán durante 150 años más, según afirma el historiador Juan Brom.
Entre 1591 y 1616 la Corona entró en crisis y se vio obligada a vender grandes proporciones de tierras baldías a particulares dando lugar a la constitución de la práctica de “adjudicación”, impulsando la concentración de grandes propiedades de tierra en pocas manos. Las “mercedes”, la “adjudicación” y la “composición”, una práctica de regularizar títulos falsos adquiridos de la Corona, favorecieron la aparición de las “haciendas” ya a principios del siglo XVII. Las “haciendas” eran grandes asentamientos de tierras agrícolas y ganaderas concentradas en pocas manos que absorbían la mano de obra indígena y mestiza en un sistema de peonaje por deuda. Por último, el rancho, una pequeña y mediana propiedad, apareció también a principios del siglo XVII en el norte del virreinato.
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