Historia, pregunta formulada por Mikaela2112, hace 1 mes

La relación de la iglesia con la monarquía en la edad Media​

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Contestado por Usuario anónimo
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Es éste un tema bien documentado que se ha abordado desde la teoría y desde la perspectiva jurídico-legal —más bien desde textos pragmáticos— o de la política religiosa —cuando en buena medida es una cuestión de cifras, las del clero y sus riquezas—, o reduciéndolo a las relaciones entre el Estado absoluto y la Iglesia católica, a pesar de que en el ámbito no católico se vivieron procesos parecidos en el siglo XVIII. De un modo más o menos general, se hizo notar la capacidad diluyente de la desacralización y de la secularización implícitas en la Ilustración, lo que en ámbitos populares se tradujo en un retraimiento de las expresiones religiosas, pero también en la asunción rápida del mensaje anticlerical o antirreligioso de amplios sectores intelectuales, como reacción contra la riqueza, privilegios, compromiso político, absentismo, relajamiento de costumbres y descuido de los deberes eclesiásticos de una parte del clero. Además, todas las Iglesias, como la católica, sufrieron divergencias internas, derivadas de las desigualdades socio-económicas y de las controversias religiosas animadas por movimientos renovadores y rigoristas. La respuesta de las Iglesias fue hostil pero su capacidad represiva estaba muy disminuida. El respaldo que antes les garantizaba el Estado estaba en regresión y los déspotas ilustrados se mostraron menos dispuestos a seguir permitiendo un Estado dentro del Estado que a desmantelar el poder eclesiástico; la expulsión de los jesuitas en los países católicos, la secularización en la Rusia ortodoxa, la supresión del papel político del clero en la luterana Prusia, etc., son reveladores del nuevo estado de cosas. Aunque fue la tolerancia lo que afectó más a las Iglesias establecidas al romper su monopolio1: el edicto de 1781 de José II de Austria fue el ejemplo extremo, pero también la hubo en Francia respecto a los calvinistas, de hecho desde mediados del XVIII y de derecho desde 1787. No deben desdeñarse el efecto del ateísmo confesional, poco difundido en su teoría, y del ateísmo práctico, la indiferencia y la incredulidad, y el éxito de las religiones naturales, como el deísmo entre las elites ilustradas, o de las propuestas antidogmáticas y anti-tradicionalistas de la masonería.

2Desde luego, tuvo más impacto la agresión del absolutismo contra los poderes eclesiásticos movida por el afán de controlar la capacidad de propaganda y de censura del clero, las propiedades de la Iglesia —bajo el pretexto de que dificultaban el desarrollo económico— y de su influencia social a través de los centros de enseñanza y de asistencia; es decir, de todo lo que el Estado consideraba como privativo y que, por supuesto, no necesitase financiación. El deseo de control se ejerció dependiendo de la confesionalidad o de la religión dominantes en cada país y de las posibilidades de actuación del poder civil para recortar poderes a la Iglesia sin poner en peligro la estructura social. No en vano, en muchos países el clero era el primer estado y, al margen de las opiniones de las elites ilustradas, católicas o protestantes, la sociedad seguía reconociéndole superioridad y la carrera eclesiástica mantenía su valor para ascender socialmente.

3En la zona católica permanecía el enorme peso intelectual, social, económico y político de la Iglesia. Los resortes que estaban en sus manos, aunque disminuidos, mantenían una gran eficacia sobre todo donde la sociedad civil no era capaz de sustituir o cubrir sus funciones: el culto y la orientación moral, el registro de los acontecimientos esenciales de la vida, la asistencia, la enseñanza y la censura intelectual. A esto unía su patrimonio raíz, la percepción de rentas eclesiásticas y señoriales, y un sinnúmero de privilegios, y, en el plano del poder, la fuerza de un cuerpo jerarquizado y bien organizado y la influencia de sus asambleas o de sus tribunales… ¿Fue Francia, un Estado mayoritaria y confesionalmente católico, un modelo? En la mayor parte de las resoluciones adoptadas en el xviii, sí, pero hubo países que se adelantaron en cuestiones importantes, como la expulsión de los jesuitas, y en otros, existían prácticas y derechos anteriores que les permitieron llevar trayectorias diferentes.

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