la rama ejecutiva tiene por función
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Explicación:
La rama legislativa: representada las dos cámaras del Congreso; el Senado y la Cámara de Representantes. Ambas cámaras deben aprobar los proyectos de ley antes de que sean enviados al Presidente para su firma.
La rama ejecutiva: representada por el presidente, el vicepresidente, y el Gabinete. Su función es implementar las leyes.
La rama judicial: representada por la Corte Suprema y los juzgados federales menores. Interpreta las leyes y tiene la facultad de invalidar o declarar inconstitucional una ley, aunque haya sido aprobada por el Congreso y firmada por el presidente.
El Gobierno federal funciona bajo un sistema cuyo objetivo principal es proteger los intereses de sus ciudadanos.
La rama legislativa
El Congreso representa la rama del poder legislativo y está conformado por la Cámara de Representantes y el Senado.
El Congreso, conformado por 435 representantes y 100 senadores, está encargado de aprobar proyectos de ley, controlar el gasto público y supervisar las actividades del ejecutivo, entre otras funciones.
La rama ejecutiva
El Poder Ejecutivo (en inglés) está integrado por el presidente, el vicepresidente y el Gabinete del Presidente. El poder ejecutivo está a cargo de implementar las leyes del país y tiene la facultad de vetar legislación previamente aprobada por el Congreso.
La rama judicial
El Poder Judicial (en inglés) está representado por la Corte Suprema (en inglés) y otras cortes federales menores (en inglés). El poder judicial es independiente de las otras dos ramas del Gobierno, lo que se considera fundamental para garantizar la imparcialidad e igualdad para todos los ciudadanos, en el ámbito judicial. Esta rama tiene la facultad de declarar inconstitucional la legislación y puede, también, declarar inconstitucionales los actos del presidente.
Respuesta:
HOLA
La rama ejecutiva: representada por el presidente, el vicepresidente, y el Gabinete. Su función es implementar las leyes. Interpreta las leyes y tiene la facultad de invalidar o declarar inconstitucional una ley, aunque haya sido aprobada por el Congreso y firmada por el presidente.
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