“La protección de la libertad a la que se refiere el código penal no es la defensa de la libertad política, sino de la libertad social, de la relación del ciudadano con lo demás miembros de la sociedad. El mero hecho de vivir en la sociedad obliga al ciudadano a renunciar a gran parte de su libertad, a gran parte de su voluntad, lo que relativiza extraordinariamente este concepto” 4. Debido a su vida social, el hombre se ve obligado a:
a) Dejar su vida política.
b) Promulgar el código penal.
c) Defender su libertad contra todos.
d) Renunciar a gran parte de su libertad.
e) Relativizar extraordinariamente su vida.
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Dejar su vida política.
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RENUNCIAR
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