La orientación sexual, la identidad y expresión de género, de acuerdo a lo establecido por el mandato constitucional, no pueden ser causas para ningún tipo de discriminación, además, es fundamental reconocer que organismos internacionales de derechos humanos han reconocido a la diversidad sexo genérica como una característica identitaria de las personas, aclarando enfáticamente de que no se trata de enfermedad alguna.
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es de una tarea? o solo aclaras? ._.
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