Administración, pregunta formulada por carolineescobartafur, hace 3 días

La eutanasia en la legislación peruana

Respuestas a la pregunta

Contestado por kevindavidmadrid12
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Respuesta:

Artículo 112 del Código Penal: El que, por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años.

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