Derecho , pregunta formulada por juaniiiiu, hace 4 meses

¿la discriminación para delimitar y recuperar al que disturba es ilícita?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por eniciaflores1937
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Respuesta:

Desde el año 2000, en el Perú, los actos de discriminación configuran delito, de conformidad con el artículo 323 del Código Penal. Sin embargo, en sus 20 años de vigencia, son pocas las sentencia en calidad de cosa juzgada en las que se aplica este tipo penal. Por ese motivo, la finalidad de este artículo es analizar los factores que ocasionan la falta de efectividad de esta sanción en el ámbito penal y sus implicancias jurídicas para las víctimas de estos hechos.

Explicación:

dame estrellitas y coranas

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