“La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la
explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización del consumo
de los bienes, y en los servicios públicos y privados para racionalizar la economía con el fin de conseguir el
mejoramiento de la calidad de la vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y de los
beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Los derechos económicos constituyen hoy por hoy, la piedra angular en el
desarrollo social, cultural y político de un país. Se pretende a partir de ellos dar
eficacia al principio de igualdad, generar oportunidades de desarrollo, estimular a la
sociedad para la puesta en marcha de la solidaridad, y entre muchos otros
objetivos, generar progreso en el país. El Estado Colombiano, tiene como deber
constitucional, promover la actividad económica, en procura del cumplimiento de
sus fines sociales. Este artículo, esboza en que forma el Estado, en cumplimiento
de sus fines constitucionales, participa con papel protagónico, en el desarrollo y
dirección de la actividad económica del país, y su deber de defensa de la
democracia.
Explicación:
EL ESTADO, LA CONSTITUCIÓN Y LA ECONOMÍA DE MERCADO
La reflexión sobre el derecho económico debe partir de nuestra Constitución,
particularmente de los principios estructurales de orden político que se contiene en
su artículo 1º.
Al igual que éste, existen en la Constitución múltiples disposiciones, referidas al
modelo de Estado, que inciden sobre la actuación de la administración y del Estado
y en general sobre la Economía. Es por esto que conviene recordar el sentido del
Modelo de Estado Social de Derecho, las exigencias y problemas básicos que se
plantean en la actualidad en la Administración Económica.
Es el factor económico, el que en buena medida determina las relaciones de poder,
las relaciones sociales, y las relaciones nacionales e internacionales. Sin embargo,
los acontecimientos históricos permiten verificar que el factor económico sitúa en
una dinámica de privilegio al individuo, a la colectividad o al Estado, de acuerdo al
momento histórico y la ideología política-económica.
El Estado tiene una posición de privilegio en la época del absolutismo monárquico,
que identificaban al Estado con la persona del soberano. (MONTENEGRO 1997)