La Defensoría del Pueblo no hace parte de ninguna de las ramas del poder público porque
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En concordancia con la norma constitucional, el artículo 285 del Código Orgánico de la Función Judicial expresa que la Defensoría Pública es un organismo autónomo de la Función Judicial, con autonomía económica, financiera y administrativa.
Explicación:
:)
johantomala042:
porque pertenece Función Judicial
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