Castellano, pregunta formulada por yadrianny, hace 5 meses

La Defensa de la Independencia de Los Pueblos ? Ayudenme

Respuestas a la pregunta

Contestado por goku1230
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Respuesta:

esta en la explicación

Explicación:

Artículo 1 Defensa de los derechos del pueblo

Los nicaragüenses que encabecen o financien un golpe de estado,

que alteren el orden constitucional, que fomenten o insten a actos

terroristas, que realicen actos que menoscaben la independencia, la

soberanía, y la autodeterminación, que inciten a la injerencia

extranjera en los asuntos internos, pidan intervenciones militares, se

organicen con financiamiento de potencias extranjeras para ejecutar

actos de terrorismo y desestabilización, que propongan y gestionen

bloqueos económicos, comerciales y de operaciones financieras en

contra del país y sus instituciones, aquellos que demanden, exalten y

aplaudan la imposición de sanciones contra el Estado de Nicaragua y

sus ciudadanos, y todos los que lesionen los intereses supremos de la

nación contemplados en el ordenamiento jurídico, serán “Traidores a

la Patria” por lo que no podrán optar a cargos de elección popular, esto

sin perjuicio de las acciones penales correspondientes establecidas en

el Código Penal de la República de Nicaragua para los “Actos de

Traición”, los “Delitos que comprometen la Paz” y los “Delitos contra

la Constitución Política de la República de Nicaragua”.

Artículo 2 Publicación y vigencia

La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La

Gaceta, Diario Oficial.

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