Derecho , pregunta formulada por Sante9yu7noza, hace 1 año

la constitucion española de 1978 estructura y contenido , alguien sabe

Respuestas a la pregunta

Contestado por isamara14luna
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Estructura de la Constitución Española

Podemos dividir la Constitución en dos partes estructurales bien diferenciadas:

Þ   Parte dogmática: Son todas aquellas disposiciones referidas al ordenamiento de la comunidad nacional, en particular a los principios generales referentes a la estructura política y política social, así como a la declaración de derechos y régimen de libertades. Abarca el Preámbulo el Titulo Preliminar y el Titulo I.

Þ   Parte orgánica: La organización de los poderes y la organización territorial. Comprende el resto de títulos.

Consta la Constitución  de 1978 de un Preámbulo, un Título Preliminar y diez Títulos más:

Título Preliminar: Principios Generales.Título I: Derechos y deberes fundamentales.Título II: La Corona.Título III: Las Cortes Generales.Título IV: El Gobierno y la Administración.Título V: Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.Título VI: El Poder Judicial.Título VII: Economía y Hacienda.Título VIII: La Organización Territorial.Título IX: El Tribunal Constitucional.Título X: La Reforma Constitucional.

 

Contiene un total de 169 artículos, 4 disposiciones transitorias, 9 disposiciones adicionales, 3 derogatorias y 1 final. 

Contenido de la Constitución Española

El contenido formal es un fiel reflejo de la tradición constitucional europea y además de  regular las instituciones básicas del Estado, define sus competencias y otros aspectos no básicos con el fin de garantizar, tanto el principio de autonomía como el de solidaridad. Contiene un extenso catálogo de derechos y libertades, como fundamento de la convivencia así como los mecanismos y procedimientos para hacerlos valer efectivamente, garantizando su ejercicio.

Son sus características:

Escrita: Se encuentra plasmada por escrito.Extensa: Es larga conteniendo 169 artículos.Popular: Elaborada y redactada por un Parlamento elegido por el pueblo mediante el sufragio universal y ratificada posteriormente por éste en referéndumPactada: Fruto de un acuerdo entre el Rey y las Cortes.Codificada: Se encuentra contenida en un texto único que recoge las grandes influencias del constitucionalismo europeo en general.Rígida: Exige un procedimiento especial y unas mayorías cualificadas para su reforma o revisión.Ambigua: Tiene muchas lagunas. No define multitud de conceptos con claridad.Avanzada en el contexto internacional.

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