La Constitución de 1940 mantenía la división de los poderes de Estado, las libertades fundamentales. Esta constitución fue de corte dictatorial.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
La división de poderes forma parte inexcusable de la arquitectura del Estado liberal de Derecho que, con transformaciones sucesivas, ha llegado hasta nuestros
días, y que todavía hoy, superando problemas contingentes, permite asegurar a los
ciudadanos su libertad política.
Este principio tiende un puente entre los conceptos de «Estado de Derecho» y
«democracia», impidiendo ciertos excesos en su disociación y contribuyendo a superar una desfasada polémica. Lleva a rechazar un entendimiento formalista del
Estado de Derecho, desprovisto de contenidos materiales, un falseado Estado de Derecho sin democracia (véase Lucas Verdú), tanto como obliga a desechar una comprensión de la democracia constitucional fundada exclusivamente en la consagra-