Derecho , pregunta formulada por ali2454, hace 1 año

la Constitución Argentina articulo 19 me pueden ayudar nescesito gracia ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por valemolina452
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Respuesta:

Explicación:

las acciones privadas de los hombres que ningún modo ofendan al orden ala moral publica, ni perjudican  a un tercero, están solo reservadas a dios, y exentas  de la autoridad de los magistrados. ningún habitante de la nación  sera obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.


ali2454: Gracias
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