La carga de prueba en un proceso civil
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La carga de la prueba: En nuestro ordenamiento procesal la carga de la prueba se encuentra regulada en el artículo 196º del Código Procesal Civil, según el cual: “Salvo disposición legal diferente, la carga de probar corresponde a quien afirma hechos que configuran su pretensión, o a quien los contradice alegando hechos nuevos”
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