jubileo diocesano . Qué beneficios recibimos si , asistimos a este Santuario .
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Queridos diocesanos, amados todos en Señor: laicos, religiosos y religiosas, diáconos permanentes y sacerdotes.
Con gran alegría os anuncio la celebración de un Año Jubilar diocesano en nuestra querida diócesis de Segorbe-Castellón,
para conmemorar el 775º Aniversario de la creación de su sede
episcopal en la ciudad de Segorbe, que se cumple el próximo año
de dos mil veintidós. En efecto, el Papa Inocencio IV, mediante la
bula Pie Postulatio, de 12 de abril de 1274, ratificaba una anterior
de Inocencio III y reconocía la jurisdicción real del Obispo sobre
la Ciudad de Segorbe, verdadero origen de la sede episcopal en la
Catedral de Segorbe y de la Iglesia diocesana del mismo nombre.
Ya en el siglo XX, por disposición de San Juan XXIII, mediante la
bula Illas in Ecclesia, catholica urbes de 31 de mayo de 1960, la
diócesis pasará a llamarse Diócesis de Segorbe-Castellón, manteniendo la Catedral de Segorbe como sede episcopal.
Explicación:
Respuesta:Queridos diocesanos, amados todos en Señor: laicos, religiosos y religiosas, diáconos permanentes y sacerdotes.
Con gran alegría os anuncio la celebración de un Año Jubilar diocesano en nuestra querida diócesis de Segorbe-Castellón,
para conmemorar el 775º Aniversario de la creación de su sede
episcopal en la ciudad de Segorbe, que se cumple el próximo año
de dos mil veintidós. En efecto, el Papa Inocencio IV, mediante la
bula Pie Postulatio, de 12 de abril de 1274, ratificaba una anterior
de Inocencio III y reconocía la jurisdicción real del Obispo sobre
la Ciudad de Segorbe, verdadero origen de la sede episcopal en la
Catedral de Segorbe y de la Iglesia diocesana del mismo nombre.
Ya en el siglo XX, por disposición de San Juan XXIII, mediante la
bula Illas in Ecclesia, catholica urbes de 31 de mayo de 1960, la
diócesis pasará a llamarse Diócesis de Segorbe-Castellón, manteniendo la Catedral de Segorbe como sede episcopal.
Explicación: