Historia, pregunta formulada por mariselaperezdiaz72, hace 3 meses

Investiga la historia de nuestra bandera
nacional​

Respuestas a la pregunta

Contestado por carlosintriago38
6

Respuesta:

El Dr. G. García Moreno restableció del uso del tricolor grancolombiano por decreto firmado el 26 de septiembre de 1860. Ostentando la Jefatura Suprema del país, el estadista guayaquileño descartó el bicolor (azul y blanco) marcista y puso en vigencia el emblema amarillo, azul y rojo. La Convención Nacional de 1861 ratificó el decreto de 1860.

31 de octubre de 1900

El 31 de octubre de 1900, el Congreso Nacional, presidido por Manuel B. Cueva, dictó el decreto que reglamentó el uso de la bandera tricolor. El 7 de noviembre de ese año, el General Alfaro firmó dicho documento.

Decreto Legislativo s/n (Registro Oficial 1272, 5-XII-1900) que reglamenta el Escudo de Armas y Pabellón Nacional de la República del Ecuador

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR,

Considerando:

Que son deficientes los varios decretos que se han expedido designando las armas de la República y el pabellón nacional

Decreta:

Art. 1.- Las armas del Ecuador serán un escudo ovalado que contenga interiormente, en la parte superior, el sol, con aquella porción del Zodíaco en que se hallan los signos correspondientes a los meses memorables de Marzo, Abril, Mayo y Junio; en la parte inferior, a la derecha, se representará el monte histórico Chimborazo, del que nacerá un río, y donde aparezca más caudaloso, estará un buque a vapor, que tenga por mástil un caduceo, como símbolo de la navegación y del comercio. El escudo reposará en un lío de haces consulares, como insignia de la dignidad republicana. Será adornado exteriormente con banderas nacionales y ramos de palma y laurel, y coronado con un cóndor con las alas desplegadas.

Art. 2.- El pabellón nacional será, sin alteración alguna, el que adoptó el Ecuador desde que proclamó su independencia, cuyos colores son: amarillo, azul y rojo, en listas horizontales, en el orden en que quedan expresados, de superior a inferior, debiendo tener la faja amarilla una latitud doble a las de los otros colores.

Art. 3.- Las banderas que se enarbolen en los edificios nacionales, buques de guerra, fortalezas, y las que icen los Agentes Diplomáticos y Consulares de la República en países extranjeros, llevarán las armas de la Nación en el centro, sobre las fajas de los colores amarillo y azul.

Art. 4.- Las banderas que se enarbolen en los edificios municipales no llevarán las armas de la Nación, sino un círculo de estrellas blancas, colocadas en la faja azul y en número igual al de las provincias que componen la República.

Art. 5.- El Ejército usará el pabellón nacional de que habla el Art. 3o.; y cada batallón o regimiento llevará en su bandera o estandarte, y en la faja del color amarillo, el número que le corresponda, según lo que al respecto disponga el Ministerio de la Guerra.

Art. 6.- Las banderas que enarbolen los buques de la marina mercante y toda persona particular, serán las que se determinan en el Art. 2o.

Art. 7.- Los Agentes Diplomáticos y Consulares de la República fijarán las armas del Ecuador en la parte exterior del edificio o sobre la puerta de la Legación, Consulado o Viceconsulado, con la siguiente inscripción, en la parte inferior de la orla del escudo: Legación, Consulado de la República del Ecuador.

Art. 8.- Se colocarán las armas nacionales en las salas y puertas exteriores de los Salones del Congreso, del Poder Ejecutivo, Tribunales de Justicia, Concejos Municipales y demás oficinas públicas.

Art. 9.- El Poder Ejecutivo hará saber a las naciones extranjeras lo dispuesto por la presente Ley.

Art. 10.- Quedan derogadas todas las disposiciones anteriores sobre la materia.

Dado en Quito, capital de la República del Ecuador, a treinta y uno de Octubre de mil novecientos.

Nota: Según la actual estructura ministerial establecida en el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, el Ministerio de la Guerra es actualmente el Ministerio de Defensa Nacional.

Como no existe una normativa, cualquier institución o persona usa la bandera como se le ocurre, sin respetar dimensiones o colores. Así, hay banderas que tienen un amarillo oscuro y otros lo tienen claro. Igual pasa con el color azul, pero no tanto con el rojo.

Explicación:DEJA TU CORONA Y PUNTOS :D

Contestado por angeldavid13
1

Respuesta:

amarillo: las riquezas y el oro en venezuela

azul: los rios de venezuela

rojo: la sangre derramada de los libertadores

Explicación:

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