Historia, pregunta formulada por SimpElfo, hace 1 mes

Investiga dos articulos de la constitucion que hable sobre: Salud, sobre estudios y constitucion del 2018
DOY CORONITA A QUIEN TENGA BUENA RESPUETA.

Respuestas a la pregunta

Contestado por leonkary08
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Respuesta:

Artículo 4o.-

La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el

desarrollo de la familia.

(REFORMADO, D.O.F. 31 DE DICIEMBRE DE 1974)

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada

sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

(ADICIONADO, D.O.F. 13 DE OCTUBRE DE 2011)

Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El

Estado lo garantizará.

(REFORMADO, D.O.F. 8 DE MAYO DE 2020)

Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y

modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de

la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general,

conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La

Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la

extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la

atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

(REFORMADO, D.O.F. 8 DE FEBRERO DE 2012)

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y

bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro

ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo

dispuesto por la ley.

(ADICIONADO, D.O.F. 8 DE FEBRERO DE 2012)

Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para

consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades

para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo

la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así

como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

(REFORMADO [N. DE E. ADICIONADO], D.O.F. 7 DE FEBRERO DE 1983)

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley

establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

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