Investiga: ¿Cuáles son los factores políticos, materiales, culturales que condicionan los Derechos Humanos? Y ¿Cómo debe ser el papel del estado en este proceso? ¿Cómo ha sido hasta ahora? Con alguna historia de la realidad nacional (inédita en clase) como evidencia, explica: Como se define y se manifiesta la xenofobia, racismo, pobreza y marginalidad, violencia política.
Respuestas a la pregunta
Explicación:
El escrito incorpora los resultados del proyecto de investigación titulado "La justiciabilidad de los Derechos Sociales, Económicos y Culturales. Balance y Perspectivas", financiado por el Fondo de Investigaciones de la Universidad del Rosario (FIUR). El presente artículo está parcialmente basado en el escrito Los derechos sociales desde la perspectiva de los derechos fundamentales
RESUMEN
Actualmente el debate de los derechos económicos, sociales y culturales ha pretendido construir desde diferentes perspectivas una explicación plausible para lograr su efectividad a través de la reglamentación de estos derechos en las políticas públicas del Estado o a través de la judicialización de los mismos. Frente a este último tema se encuentra con un abrumador panorama surgido de la carencia de una acción judicial expresamente consagrada en la Constitución que permita un claro amparo. El presente escrito pretende abordar esta problemática desde la historia, concepto y estructura de los derechos económicos sociales y culturales, con el fin de demostrar que tales derechos carecen de protección por un asunto puramente formal y que deberán ser considerados como derechos fundamentales de obligatorio cumplimiento y protección por todos los poderes del Estado y protegidos judicialmente como derechos fundamentales.
Palabras clave: derechos económicos, sociales y culturales; judicialización de los derechos sociales; Estado social de derecho; historia de los derechos sociales; derechos sociales como derechos fundamentales.
El concepto y el alcance de los derechos han evolucionado con las necesidades del mundo. Es así como antes de la universalización de los derechos humanos las sociedades comenzaron a reaccionar contra el poder absoluto del Estado y, en este sentido,
frente a ese riesgo de poder del Estado centralizado y los riesgos de opresión de un Estado centralizado…, se reivindican durante las revoluciones burguesas todos los derechos liberales… Luego, ligado a la consolidación de los Estados nacionales y a las revoluciones burguesas, surgen también las aspiraciones democráticas… y por eso la primera generación de derechos humanos está centrada en torno a la noción de libertad en sus dos vertientes, que son los derechos civiles y políticos.1
Posteriormente, ante las terribles violaciones de los derechos fundamentales que se dieron en las dos guerras mundiales, estos fueron objeto de protección internacional, pero la misma comunidad de Estados comenzó a comprender que para lograr la verdadera efectividad de los derechos civiles y políticos era necesario garantizar a los ciudadanos una vida digna, mediante el reconocimiento y promoción de los derechos económicos, sociales y culturales. Sin embargo las dos categorías de derechos eran presentadas como independientes, conservando los derechos civiles y políticos su posición de privilegio, pues se creía que el respeto y la efectividad de estos traían como consecuencia ineluctable la eficacia de los otros.
Así mismo, los dos grupos de derechos se separaban bajo dos argumentos fundamentales: los derechos civiles y políticos implicaban un deber de abstención del Estado y eran de aplicación inmediata, y los derechos económicos, sociales y culturales, suponían una participación activa del Estado y eran de aplicación progresiva. En cuanto a la primera diferencia esta ha sido claramente rebatida, pues frente a las dos generaciones de derechos los Estados deben adoptar disposiciones positivas tales como expedición de leyes o formulación de políticas y medidas de abstención que no impidan el libre ejercicio de los derechos, como sería el caso de la libertad de asociación sindical, reconocida como un derecho de segunda generación. Por otro lado, si bien la progresividad marca una diferencia, no por ello unos resultan independientes y más importantes que los otros.
Los derechos económicos, sociales y culturales nacen en las jóvenes democracias europeas y americanas del siglo XIX, vinculados a la idea de igualdad que defendían los sectores sociales en el marco de los procesos de industrialización. El movimiento obrero europeo, las innovaciones adoptadas en la república de Weimar, las reivindicaciones populares de las revoluciones rusa y latinoamericana, el New Deal en los EE. UU., entre otros, fueron el marco histórico perfecto.
La igualdad, derecho invocado por los sectores sociales oprimidos, entra en el nuevo contexto jurídico como elemento determinante para la consolidación de los derechos sociales en las concepciones liberales de la época.