Derecho , pregunta formulada por maira95huaurar, hace 8 meses

Interpretación del código civil peruano artículo 660°​

Respuestas a la pregunta

Contestado por mariacelesteea
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Respuesta:

660 del Código Civil Peruano, establece que desde la muerte de la persona, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se transmiten a su sucesor o sucesores. Es así que, la sucesión se produce sólo con la muerte del causante.

Explicación:

codigo civil

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