Derecho , pregunta formulada por kevincuentas8, hace 7 meses

interpretación código civil peruano Artículo 58 .- Alimentos para herederos forzosos del ausente

Respuestas a la pregunta

Contestado por brendasaori62007
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Segun el Articulo 58 se puede inferir, el conyuge podra solicitar al juez una asignacion de una pension, si en el caso no se pudiera cubrir las necesidades alimentarias de este

Espero te ayude ;3

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