INSTITUCIONES COLONIALES Y CUALES SON SU INFLUENCIA ACTUAL?
Respuestas a la pregunta
Respuesta: Gjpo: ¿Qué son las instituciones coloniales y cuáles fueron?
Una vez alcanzada la paz en gran parte del territorio, era imperativo otorgar un ordenamiento a la población. Reglas que, también, consideraran la evolución de la sociedad y el desarrollo de nuevos e importantes actores: los nacidos en el “Reino de Chile”. Ellos comenzaron a involucrarse en asuntos tan variados como la economía, la política e, incluso, la defensa del país.
Instituciones españolas
– Corona: Fue instituida en el reinado de los Reyes Católicos, bajo un cetro común, la cual terminó de estructurarse como tal en el reinado de Felipe II, uniendo los Reinos Europeos de Aragón, Castilla, Cataluña, Navarra, Valencia, etc. Con los Reinos Americanos de Nueva España, Nueva Granada, Nueva Extremadura, etc.
Instituciones españolas
–Consejo de Indias: El Real y Supremo Consejo de Indias, conocido simplemente como Consejo de Indias, fue el órgano más importante de la administración indiana (América y las Filipinas), ya que asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial.
Casa de Contratación: En 1503 se estableció por decreto real la Casa de Contratación de Indias en Sevilla, creada para fomentar y regular el comercio y la navegación con el Nuevo Mundo. Su denominación oficial era Casa y Audiencia de Indias.
– Tribunal de la Inquisición: Fue instituido en el año 1569 por el rey Felipe II y quedó a cargo de una orden eclesiástica: los dominicos y en América solo se aplicó en México y Perú.
Su principal y única función era moderar las costumbres de la época, es decir, juzgar y procesar todo lo que estuviera fuera de las costumbres normales de la Colonia
Instituciones americanas :
– Cabildo: El organismo que regía directamente los asuntos administrativos de cada ciudad era el Cabildo. Velaba por los intereses de la comunidad e intentaba resolver los problemas que la afectaban en materias tan diversas como aseo, ornato, manejo de bienes públicos, etc. Dictaba normas para una buena convivencia y reglaba los precios de algunos productos de primera necesidad, como el pan.
Explicación:
Real Audiencia: La corona española designó a la Real Audiencia como el principal tribunal de justicia civil y criminal en América. Su objetivo era velar por el cumplimiento y la interpretación de las leyes; sin embargo, tras la promulgación de las leyes de 1542 y 154 (denominadas Nuevas Leyes), pudo involucrarse en asuntos de gobierno. En este sentido, fiscalizaba la labor ejercida por los gobernadores y, de paso, les restaba poder.
Real Hacienda: Este organismo se encontraba bajo la Casa de Contratación y el Consejo de Indias y su principal función fue recibir o percibir el dinero llegado a las arcas reales de las colonias y administrarlo adecuadamente.
Sus principales funcionarios eran los tesoreros, contadores y los revisores. Éstos dependían de la Real Audiencia y debían rendir fianza y presentar un inventario acerca de todas sus posesiones para así evitar un enriquecimiento indebido.
Esta política financiera estaba regulada por una Junta de Real Hacienda, la cual estaba formada por el gobernador, los oficiales reales, el fiscal de la Real Audiencia y un oidor de la misma.
Las cuentas de esta institución debían remitirse cada cierto tiempo a sus dos organismos superiores: Consejo de Indias y Casa de Contratación.
– Virreinatos: División territorial creada por Carlos I en 1542, la cual estaba a la cabeza del virrey, representante más directo del rey, más alto funcionario en América y tenía la facultad de resolver diversos asuntos como el propio monarca. Tenía los títulos de gobernador y capitán general en su distrito y era el presidente de la Real Audiencia.
Gobernaciones: Estaban a cargo del gobernador el cual poseía las mismas atribuciones del virrey, aunque dependía de éste en ciertos aspectos.
Su periodo al mando de la gobernación duraba 3 años, pero si venía directamente desde España podía ejercer el cargo durante 5 años.
A pesar de que el gobernador estaba bajo el virrey, podía entenderse directamente con el monarca, si lo encontraba necesario.
Corregimientos: Divisiones del territorio que comprendían una ciudad y su distrito, también son llamados partidos. En Chile existieron 11 corregimientos.
Los corregidores fueron elegidos por los gobernadores. Su permanencia en el cargo era de un año, aunque algunos lo ejercieron hasta 5 años.
Sus funciones eran : presidir el Cabildo, pero sin derecho a voto, administrar justicia por causas criminales, vigilaba el trato que se les daba a los indígenas y fiscalizaban la forma en que los encomenderos cumplían las ordenanzas.