Derecho , pregunta formulada por danizzuleta, hace 7 meses

Inhabilidades por parentesco

Respuestas a la pregunta

Contestado por ProfesorPryss
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Respuesta:

Explicación:

Los servidores públicos no podrán en ejercicio de sus funciones, nombrar, postular, ni contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente.

Espero que te vaya bien,y que te sirva!

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