Información sobre la Constitución de Colombia de 1863
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Explicación:La Constitución de 1863. POR: ... La constitución surge como un pacto de regiones, tal como reza en su texto: "(estas) se unen y confederan a perpetuidad consultando su seguridad exterior y recíproco auxilio auxilio y forman una Nación libre, soberana e independiente, bajo el nombre de 'Estados Unidos de Colombia' "
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la constitución de los Estados Unidos de Colombia sellada en Rionegro en 1863 fue primero que todo producto de la guerra, donde se reprimen las posiciones del partido conservador. La constitución surge como un pacto de regiones, tal como reza en su texto: "(estas) se unen y confederan a perpetuidad consultando su seguridad exterior y recíproco auxilio auxilio y forman una Nación libre, soberana e independiente, bajo el nombre de 'Estados Unidos de Colombia' ".
El origen de la soberanía no es claramente popular, con la excepción del estado soberano de Santander que reconoce al pueblo como la fuente del poder político. La constitución defendía "La profesión libre, pública o privada, de cualquier religión; con tal que no se ejecuten hechos incompatibles con la soberanía nacional, o que tengan por objeto turbar la paz pública" algo que iba dirigido contra la Iglesia Católica. Mosquera decretó la amortización de los bienes raíces o "manos muertas" eclesiales en 1861 que le socavó sus apoyos materiales y le permitió al gobierno rematar las hipotecas o propiedades censadas a sus dueños por la mitad de su valor y vender a menos precio muchas propiedades, la mayoría urbanas que entraron al mercado de tierras.
En el caso de las tierras de la Iglesia hubo una democratización efectiva por el sólo hecho de que se pasó de una sola corporación propietaria a 4.024 personas (Jaramillo, Meisel, 2007), a pesar de la sabiduría convencional que aduce que la desamortización no hizo más que reconcentrar la propiedad en manos privadas. La desamortización también fue muy favorable para las finanzas de los gobiernos liberales de la década de los setenta.
Los estados soberanos se confederan pero con una enorme desconfianza frente al poder central, conociendo de las experiencias militares caudillistas del pasado, incluyendo a Mosquera. Es por ello que la arquitectura acogida debilita en exceso el gobierno central y entrega "todo el poder a los estados soberanos". No habrá entonces árbitro (el ejecutivo actuando en derecho) para conciliar diferencias entre los estados soberanos ni monopolio de los medios de violencia en manos del Estado. Por el contrario, los estados soberanos tendrán guardias más fuertes que las de la "Unión" y habrá libertad para el porte y comercio de armas.
La debilidad de los gobiernos ejecutivos a todos los niveles se refleja en que los períodos de presidente de la Unión es de sólo 2 años, períodos tan cortos que hacen imposible desarrollar un programa de gobierno coherente, mientras que los presidentes de los estados soberanos y alcaldes es de 4 años; se prohíbe la re-elección en todos los casos.
El poder judicial era igualmente débil y fraccionado. Su cúpula estaba conformada por 5 magistrados y ningún estado podía repetir, dándose un origen territorial pero no estricto de la magistratura. Sus períodos eran de solo 4 años, mientras su designación pasaba por la legislatura de cada Estado y después por el Senado, proceso que refleja politización, debilidad e independencia precarias.
La consecuencia fue que hubo escasa confianza en la justicia como tercera parte imparcial, pues su origen era bastante político y el predominio del partido liberal acentuaba ese carácter. Esto se replicaba en el poder electoral cuando generaba reglas sobre las elecciones y el conteo de votos, costumbres electorales que se tildaron de "sapistas" en los años setenta, cuando se acuñó por primera vez el lema "El que escruta elige".
Todavía bajo un sistema federal, la política fue gravitando de vuelta hacia la matriz institucional original: recentralizando el poder a expensas de los gobiernos regionales y locales. Esto se hace evidente cuando se mide el peso de cada nivel de gobierno en el recaudo tributario total que en esta fase está estrechamente asociado al gasto.
Hasta 1865 se debilita el gobierno central al pasar de 92% del recaudo al 48% en 1870, ganando tanto los estados soberanos como los municipios. Es bien interesante el fortalecimiento municipal que pasó de acopiar 5% del recaudo total al 22% en su florecimiento de 1870. La Regeneración no toca tanto la participación de los Estados soberanos en el recaudo pero lo que va a debilitar es la célula municipal del organismo político y ¡de qué manera! pues la devuelve al mínimo nivel de 1845.
Hay una notable ausencia de instrumentos de deuda del gobierno en esta historia que conquisten la confianza de los inversionistas.
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