Indicar el significado y la importancia de la “soberanía popular” en este proceso revolucionario.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Explicación:
Todo preguntar es un buscar. Todo buscar tiene su dirección previa que
le viene de lo buscado. Preguntar es buscar conocer “qué es” y “cómo es”
un ente. El buscar este conocer puede volverse un “investigar” o poner
en libertad y determinar aquello por lo que se pregunta […] Al preguntar es inherente, además del aquello de que se pregunta, un aquello a que
se pregunta. En la pregunta que investiga, es decir, específicamente teorética, se trata de determinar y traducir en conceptos aquello de que se
pregunta […] El preguntar mismo tiene, en cuanto conducta de un
ente, de aquel que pregunta, un peculiar “carácter de ser”.
Heidegger (2012: 14)
¿Qué buscamos, entonces, con el trabajo de investigación emprendido?
¿Cuál es el “aquello” al cual interrogamos? ¿Cómo traducimos en conceptos “aquello de que se pregunta”? En definitiva, ¿cuál es nuestra pregunta?
Nos preguntamos cómo una decisión respecto a la ordenación
común se constituye en legítima, aceptada por fundar una referencia
como autoridad compartida, y habilitada, por ello mismo, a regular la
vida y los intercambios en la experiencia social. La búsqueda, entonces,
se orientaba a investigar sobre los criterios que determinarían la preeminencia de un pensamiento normativo, de una concepción de la soberanía. Búsqueda emprendida con la impronta de que ello no puede
ser suficientemente explicitado –su funcionamiento– si no se apela a
una comprensión de lo político como ontología y, desde allí, a su relación con la moral y el derecho. Es decir, le reconocemos a la política, y
a la pregunta sobre su “ser”, un espacio de autonomía como dispensador
de conceptos a partir de su carácter relacional y dinámico con sus determinaciones ónticas. Esta característica introduce la discusión respecto
a los conceptos normativos en la reconstrucción de su historicidad, en
una tropología de los significados que cuestiona la episteme de tales y la
violencia (Gewalt, en la acepción de Benjamin) que provoca su emergencia.
Por tanto, el “aquello” al que interrogamos son las propiedades de
los conceptos que constituyen política e institucionalmente lo legítimo
en nuestros ordenamientos jurídicos. Con este proceder desde la “historia de los conceptos”, intentamos descubrir los fundamentos, las exclusiones y restricciones en la trama significante. En este discurrir,
13
asumíamos la existencia de una multiplicidad de pensamientos/discursos
que producen normatividad y que entablan una permanente disputa
por alcanzar a ser “audibles” en el ámbito que decide la regulación
común.
Traducir en conceptos aquello de que se pregunta, significa aquí intervenir en la identidad de conceptos como soberanía popular, derecho,
democracia y Estado, en función de un proceso de significación y resignificación en el ámbito político-normativo, evidenciando precisamente la posibilidad de la alteridad en la propia norma de tales
conceptos. Esto es lo que nos posibilita desarrollar una ontología de lo
político como un campo con propiedades de desarrollo y desenvolvimiento autónomo para performar conceptos, e indagar, al mismo
tiempo, al lenguaje como una instancia constituida políticamente. La
indagación sobre lo visibilizado/invisibilizado, de acuerdo al carácter relacional de los conceptos y la posibilidad de subvertir su significado (la
dimensión dialógica-intersticial de la retórica), nos sumerge en las relaciones de identificación que la lógica política expresa de ellos.