indica que no constituyen causas de exclusión del delito de tortura la obediencia a órdenes o instrucciones de un superior jerárquico que dispongan, autoricen o alienten la comisión de este delito.
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El ejercicio de la accion penal y la sanción que se imponga judicialmente para el delito de tortura son imprescriptibles.
ARTÍCULO 9. No constituyen causas de exclusión del delito de tortura de obediencia a órdenes o instrucciones de un superior jerárquico que disponga, autorice o aliente la comisión de este delito
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