Derecho , pregunta formulada por riberaashley0, hace 2 meses

indaga la definición de discriminación conforme el artículo primero de nuestra constitución política​

Respuestas a la pregunta

Contestado por micuugonzalez0
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Respuesta:

Artículo 2: Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en la Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros

Explicación:

Ambos articulos estan bien, pero el 2 esta mas desarrollado.

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