II. Relaciona las expresiones escribiendo los números en los paréntesis. 1) Posee atribuciones para promover el desarrollo en sus respectivos territorios, implementar proyectos de infraestructura, atraer capitales extranjeros, etc. . 2) Encabezado por el presidente y sus ministros, tie- ( ) Gobierno nacional ne funciones en torno a la política económica, la defensa y seguridad nacionales, etc. 3) Encabezado por los alcaldes, son los encargados ( ) Gobierno regional del gobierno de las ciudades, los programas sociales, la salud, la educación, etc. ( ) Gobierno local
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
ARTÍCULO 1º.- De la integración de la rama ejecutiva. La rama ejecutiva del poder público, en lo nacional, se integra con los siguientes organismos:
a) Presidencia de la república;
b) Ministerios y departamentos administrativos;
c) Superintendencias, y
d) Establecimientos públicos.
La presidencia de la república y los ministerios y departamentos administrativos son los organismos principales de la administración; los demás les están adscritos y cumplen sus funciones en los términos que señale la ley, bajo la orientación y control de aquellos.
Además, el gobierno, previa autorización legal, podrá organizar unidades administrativas especiales para la más adecuada atención de ciertos programas propios ordinariamente de un ministerio o departamento administrativo, pero que, por su naturaleza, o por el origen de los recursos que utilicen, no deban estar sometidos al régimen administrativo ordinario.
Como organismos Consultivos o coordinadores, para toda la administración o parte de ella, funcionarán con carácter permanente o temporal, y con representantes de varias entidades estatales y, si fuere el caso, del sector privado, los que la ley o el gobierno determinen. En el acto de constitución se indicará a cuál de los entes administrativos ordinarios quedarán adscritos tales organismos.
PARÁGRAFO.- Las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta están vinculadas a la administración y sujetas a su orientación, coordinación y control, en los términos de las leyes y estatutos que las rijan.
Explicación: