Historia, pregunta formulada por udhdqwdgjefuewy2648, hace 5 meses

Hola, alguien me ayuda porfa, es solo la 2

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Contestado por tdavila
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Respuesta:

Primero tenemos que definir los términos .

Colegialidad: todos los magistrados ordinarios ejercieron su cargo en conjunto, con derecho de veto: cualquier magistrado podía declarar nulos los actos realizados por otro magistrado de igual o inferior rango.  

Este se refiere a que los magistrados debian de estar de acuerdo con las decisiones tomadas con sus pares para poder realizar decretos  

- Electividad: los magistrados eran elegidos por los comicios.  

Criterios de eleccion  

- Temporalidad: todos los cargos, excepto el de censor, eran anuales.  

Cuando había alguna amenaza para el imperio, o cuando

Se suspendian cuando había alguna amenaza para el imperio, o este no contaba con suficientes recursos y yacía que recurrir a las invasiones, en su conjunto no son más que la suspensión de la democracia, en la actualidad en Estados Unidos existe una agencia(FEMA) que se encarga del manejo de emergencias y puede suspender la democracia(suspension of community elegibility) cuando crean que la situación lo amerita, es el equivalente a lo de Roma.

Explicación:


udhdqwdgjefuewy2648: gracias
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