hay normas que protejan la trata y tráfico de personas Y
Respuestas a la pregunta
Explicación:
La definición internacional de la trata
En el Protocolo sobre la Trata, la definición de “trata de personas” reza así:
a) Por “trata de personas” se entenderá la captación, el transporte,
el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a
la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al
rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de
vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para
obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre
otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo,
la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación
sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas
análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos;
b) El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a
toda forma de explotación intencional descrita en el apartado a) del
presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a
cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado; ... (art. 3).
Por consiguiente, los tres elementos que deben darse para que exista una
situación de trata de personas (adultas) son: i) acción (captación, …);
ii) medios (amenaza, …); y iii) fines (explotación).
El derecho internacional establece una definición distinta para la trata de
niños (personas menores de 18 años), según la cual no es necesaria la
existencia de un “medio”. Tan solo es necesario demostrar: i) la existencia
de una “acción”, como serían la captación, la venta o la compra; y ii) que
dicha acción tenía por finalidad específica la explotación. Dicho de otro
modo, existirá trata cuando el niño haya sido sometido a algún acto, como
la captación o el transporte, con el fin de someterlo a explotación
Respuesta:
Si
Por secuestro
Y es ilegal