habla de las sanciones por el delito forestal
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Año tras año vemos como montes, bosques y otras zonas de España arden. Aunque es muy difícil cuantificar el daño causado, así como valorar qué se ha puesto o no en peligro, son muchos factores los que hay que tener en cuenta a la hora de aplicar la pena adecuada al delito. Por este motivo, recuerdan cómo se aplica el Código Penal a una persona que haya provocado un incendio y como se penan este tipo de delitos.
El Código Penal, cuya reforma entró en vigor en julio de 2015 tipifica las consecuencias legales para un pirómano en función de las circunstancias concurrentes:
1. Incendio provocado con peligro para la vida o integridad física de las personas, que el artículo. 351 párrafo primero del Código Penal castiga con pena de prisión de 10 a 20 años. Los jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho.
2. Incendio provocado sin que exista peligro para la vida o integridad física de las personas, castigado con penas de prisión de 1 a 3 años según recoge el art. 351 párrafo segundo en relación con el artículo 266 del Código Penal.
España, segundo país mediterráneo con más incendios cada año
3. Incendio de masas forestales o montes: Con penas de prisión de 1 a 5 años y multa de 12 a 18 meses (art. 352 del Código Penal). Si ha existido peligro para la vida o integridad física de las personas, se castigará el hecho conforme a lo dispuesto en el artículo 351, imponiéndose, en todo caso, la pena de multa de doce a veinticuatro meses.
Explicación:
estas son unas penas.