Gobierno Escolar y Participación
La educación es un servicio público, esto quiere decir que es proporcionado por el Estado en respuesta a una necesidad general de la población. La Constitución Nacional establece que puede delegar su la prestación a particulares, siempre que la comunidad participe en su dirección. La dirección de los establecimientos educativos es ejercida por el gobierno escolar, compuesto por el rector, el consejo directivo y el consejo académico. Su función es velar por los derechos y deberes de la comunidad estudiantil. El Rector o director es el encargado de velar por el cumplimiento del PEI con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa y ha de responder por la calidad de la prestación del servicio, presidir los consejos directivos y académicos, coordinar los órganos del gobierno escolar, además de formular y dirigir la ejecución de los planes anuales de acción y de mejoramiento de la calidad. Por su parte el Consejo Directivo es el órgano de participación de la comunidad. Está compuesto por el rector, dos representantes de los docentes, dos representantes de los padres de familia, un representante de los estudiantes, elegido por el consejo estudiantil y un representante del sector productivo. Puede consultar información adicional en el Decreto 1860 de 1994 . El Consejo Académico, integrado por directivos docentes de cada área o grado, debe reunirse periódicamente para estudiar, modificar y ajustar el currículo, organizar del plan de estudios y la evaluación anual e institucional.
a.Las demandas de los particulares
b.Una necesidad general de los habitantes de la nación.
c. El analfabetismo en el país
d. La constitución política de Colombia
Respuestas a la pregunta
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d crea no la pongas y busca en internet ay pero un resumen
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