Derecho , pregunta formulada por ornellagaretto11, hace 1 mes

funciones y atribuciones de poder judicial​

Respuestas a la pregunta

Contestado por roquelilliam47
1

Explicación:

Organizar y dirigir la administración de justicia.

2. Conocer y resolver los recursos ordinarios y extraordinarios que se presenten contra las resoluciones de los tribunales de justicia de la República, de acuerdo con los procedimientos establecidos por ley.

3. Conocer y resolver los recursos de amparo por violación de los derechos establecidos en la Constitución, de acuerdo a la Ley de Amparo.

4. Conocer y resolver los recursos por inconstitucionalidad de la ley.

5. Nombrar y destituir con el voto favorable de las tres cuartas partes de sus miembros a los magistrados de los Tribunales de Apelaciones.(Numeral modificado en virtud de la Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política, de 18 de enero de 2000. Con anterioridad, este precepto disponía: (Nombrar a los magistrados de los tribunales de apelaciones).

6. Resolver sobre las solicitudes de extradición de ciudadanos de otros países y denegar las de los nacionales.

7. Nombrar o destituir a los jueces, médicos forenses y registradores públicos de la

propiedad inmueble y mercantil de todo el país, de conformidad con la Constitución y la ley.

8. Extender autorización para el ejercicio de las profesiones de abogado y notario, lo mismo que suspenderlos y rehabilitarlos de conformidad con la ley.

9. Conceder autorización para la ejecución de sentencias pronunciadas por tribunales

extranjeros.

10. Conocer y resolver los conflictos administrativos surgidos entre los organismos de la administración pública, y entre éstos y los particulares.

11. Conocer y resolver los conflictos que surjan entre los municipios, o entre éstos y los organismos del gobierno central.

12. Conocer y resolver los conflictos de competencia y constitucionalidad entre los poderes del Estado.

13. Conocer y resolver los conflictos de constitucionalidad, entre el gobierno central y los gobiernos municipales y de las regiones autónomas de la Costa Atlántica.

14. Dictar su reglamento interno y nombrar al personal de su dependencia.

15. Las demás atribuciones que le confieran la Constitución y las leyes. (arto.164).

MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL.-

El período de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el de los magistrados de los Tribunales de Apelaciones será de cinco años.

Únicamente podrán ser separados de sus cargos por las causas previstas en la Constitución y la ley. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia gozan de inmunidad. (arto.162).(Artículo modificado en virtud de la Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política, de 18 de enero de 2000. Con anterioridad, este precepto disponía:

El período de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia será de siete años y el de los magistrados de los tribunales de apelaciones de cinco años. Únicamente podrán ser separados de sus cargos por las causas previstas en la Constitución y la ley.

REQUISITOS PARA SER MAGISTRADO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.-

1. Ser nacional de Nicaragua. Los que hubiesen adquirido otra nacionalidad deberán haber renunciado a ella al menos cuatro años antes de la fecha de elección. (Inciso modificado en virtud de la Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política, de 18 de enero de 2000. Con anterioridad, este precepto disponía:

2. Ser nacional de Nicaragua y no haber renunciado a la nacionalidad nicaragüense, salvo que la hubieren recuperado por lo menos en los últimos cinco años anteriores a su elección). ver más (atri_1.pdf)

3. Ser abogado de moralidad notoria, haber ejercido una judicatura o la profesión por lo menos durante diez años, o haber sido magistrado de los tribunales de apelaciones durante cinco años cuando se opte para ser Magistrado de la Suprema Corte de Justicia.

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