funciones del consejo de indias , ayuda por favor
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Gobierno temporal: toda la administración del Imperio Español compete al Real y Supremo Consejo de Indias, por lo que debía
Planear y proponer al Rey las políticas relativas al Nuevo Mundo (poblamiento, relación con los indígenas, comercio, etc.).
Organizar administrativamente las Indias, ya sea con la creación de nuevos Virreinatos, nuevas Gobernaciones, etc. y establecer su grado de autonomía respecto de la metrópoli.
Proponer al Rey los nombres de las personas más adecuadas para los cargos de grandes autoridades americanas (Virreyes, Gobernadores, Oidores, entre otros).
Velar por el buen funcionamiento de las autoridades, dictando medidas de probidad administrativa y nombrando un Juez de Residencia, para que realice el respectivo Juicio de residencia.
Revisar a diario la correspondencia que viene de América y demás posesiones, tanto la oficial como la del pueblo.
Autorizar los libros que pasaban a América.Regular y autorizar el flujo de pasajeros a Indias: provistos, comerciantes y emigrantes.
Autorizar la aplicación de la legislación castellana en las Indias (desde 1614).Examinar la legislación originada en América, y dar su aprobación o rechazo.
Planear y proponer al Rey las políticas relativas al Nuevo Mundo (poblamiento, relación con los indígenas, comercio, etc.).
Organizar administrativamente las Indias, ya sea con la creación de nuevos Virreinatos, nuevas Gobernaciones, etc. y establecer su grado de autonomía respecto de la metrópoli.
Proponer al Rey los nombres de las personas más adecuadas para los cargos de grandes autoridades americanas (Virreyes, Gobernadores, Oidores, entre otros).
Velar por el buen funcionamiento de las autoridades, dictando medidas de probidad administrativa y nombrando un Juez de Residencia, para que realice el respectivo Juicio de residencia.
Revisar a diario la correspondencia que viene de América y demás posesiones, tanto la oficial como la del pueblo.
Autorizar los libros que pasaban a América.Regular y autorizar el flujo de pasajeros a Indias: provistos, comerciantes y emigrantes.
Autorizar la aplicación de la legislación castellana en las Indias (desde 1614).Examinar la legislación originada en América, y dar su aprobación o rechazo.
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