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Formular, aprobar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, evaluar, normar y ejercer rectoría en las áreas de Mujer y Desarrollo Social;
b) Ejercer la potestad reglamentaria en los términos previstos en la legislación en las mencionadas áreas de su competencia;
c) Fiscalizar y supervisar el cumplimiento del marco normativo relacionado con su ámbito de competencia;
d) Otorgar y reconocer derechos a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones;
e) Planificar, financiar y regular la provisión y prestación de servicios públicos sociales del sector, de acuerdo a las leyes de la materia;
f) Aprobar la estructura organizativa y demás disposiciones que mejor convenga a sus funciones;
g) Velar por el cumplimiento de los programas y plataformas de acción suscritos por el Perú en las conferencias mundiales relativas al desarrollo humano;
h) Coordinar con las entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales en las materias de competencia del Sector;
i) Promover la concertación y participación de la población en la ejecución y vigilancia de las políticas, los programas sociales y proyectos del sector;
j) Gestionar con eficiencia, equidad y eficacia los recursos humanos, a fin de cumplir con los objetivo y metas institucionales al servicio de los usuarios;
k) Proponer la suscripción de convenios sobre Derechos de la Mujer y sobre Desarrollo Social;
l) Promover, coordinar, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y las políticas de Desarrollo Social; las políticas y estrategias de superación de la pobreza, demográficas, de seguridad alimentaria, y desarrollo territorial y rural en el ámbito de su competencia; así como establecer los mecanismos de coordinación y participación de las mismas con los Gobiernos Subnacionales;
m) Concurrir transversalmente con otros Sectores del Poder Ejecutivo en la promoción, coordinación y evaluación de los Planes Nacionales, estrategias, programas y proyectos que se enmarquen dentro de los tres ejes definidos en la Política Nacional para la Superación de la Pobreza;
n) Promover la formulación de proyectos sociales sobre Derechos de la Mujer y sobre Desarrollo Social
b) Ejercer la potestad reglamentaria en los términos previstos en la legislación en las mencionadas áreas de su competencia;
c) Fiscalizar y supervisar el cumplimiento del marco normativo relacionado con su ámbito de competencia;
d) Otorgar y reconocer derechos a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones;
e) Planificar, financiar y regular la provisión y prestación de servicios públicos sociales del sector, de acuerdo a las leyes de la materia;
f) Aprobar la estructura organizativa y demás disposiciones que mejor convenga a sus funciones;
g) Velar por el cumplimiento de los programas y plataformas de acción suscritos por el Perú en las conferencias mundiales relativas al desarrollo humano;
h) Coordinar con las entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales en las materias de competencia del Sector;
i) Promover la concertación y participación de la población en la ejecución y vigilancia de las políticas, los programas sociales y proyectos del sector;
j) Gestionar con eficiencia, equidad y eficacia los recursos humanos, a fin de cumplir con los objetivo y metas institucionales al servicio de los usuarios;
k) Proponer la suscripción de convenios sobre Derechos de la Mujer y sobre Desarrollo Social;
l) Promover, coordinar, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y las políticas de Desarrollo Social; las políticas y estrategias de superación de la pobreza, demográficas, de seguridad alimentaria, y desarrollo territorial y rural en el ámbito de su competencia; así como establecer los mecanismos de coordinación y participación de las mismas con los Gobiernos Subnacionales;
m) Concurrir transversalmente con otros Sectores del Poder Ejecutivo en la promoción, coordinación y evaluación de los Planes Nacionales, estrategias, programas y proyectos que se enmarquen dentro de los tres ejes definidos en la Política Nacional para la Superación de la Pobreza;
n) Promover la formulación de proyectos sociales sobre Derechos de la Mujer y sobre Desarrollo Social
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