función social de los comerciantes de la epoca colonial
Respuestas a la pregunta
El libro a comentar es el resultado de una feliz e interesante iniciativa de reunir en una obra trabajos individuales sobre cinco de los diez consulados de comercio que existían a fines del siglo XVIII y principios del XIX en el espacio hispanoamericano.1 Tres de los ensayos se ocupan del Consulado de México, el más antiguo, seguidos por sendos estudios sobre los consulados de Veracruz, Guadalajara, La Habana y Lima. Un texto inicial plantea aspectos de carácter jurídico acerca de la institución, mientras que en la introducción, los compiladores/editores de la obra discuten los nuevos enfoques de estudio de estas agrupaciones corporativas de antiguo régimen que han cobrado fuerza desde la última década del siglo pasado. Hausberger e Ibarra resaltan tres perspectivas de las que se nutre el renovado interés por la historia institucional: el análisis de "normas y funciones sustantivas revisadas en sus prácticas y formas de interacción social"; la revisión del "papel de los actores institucionales en la conducta del poder colonial en América", sobre todo en relación con "los conflictos entre corporaciones y políticas imperiales", y el énfasis en "las redes de parentesco, afinidad y lealtades que modelaron la conducta empresarial, política e institucional de las elites americanas".
Si bien los trabajos reunidos en el libro se caracterizan por una pluralidad de enfoques, todos evidencian la reciprocidad de servicios gratuitos y favores entre la comunidad mercantil y la corona que motivaba la creación de los consulados americanos, tanto de los viejos como de los nuevos, establecidos en el periodo colonial tardío. A cambio de la representación corporativa, de un tribual privado y del otorgamiento de un impuesto especial para su financiamiento, la corona se aseguraba la colaboración de los grandes mercaderes en el financiamiento de gastos extraordinarios vía préstamos y donativos. En segundo lugar, ambas instancias de los consulados, tribunal y Junta de Gobierno significaban para la comunidad mercantil una "disminución de los costos de transacción", de acuerdo con el concepto acuñado por Douglas D. North, y con ella una disminución en los costos de negociación, circulación y representación.